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Judiciales
INTERNADOS A LAS URNAS
La Oficina de Derechos Humanos y Justicia del Poder Judicial de Córdoba adhirió a la iniciativa impulsada por el Órgano Nacional de Revisión de Salud Mental (Ley 26657) que promueve el derecho al sufragio de las personas usuarias del servicio de salud mental alojadas en centros de internación (hospitales públicos, clínicas privadas, comunidades terapéuticas) en razón de encontrarse habilitados por ley a ejercer el derecho al sufragio (Código Electoral Nacional y Provincial). En definitiva, el hecho de estar internado no genera una presunción de limitación de capacidad.
Consecuentemente, se insta a los equipos tratantes, a los operadores judiciales, a los fiscales electorales, a los familiares y a la sociedad, en general, a garantizar el acceso a las medidas que posibiliten su ejercicio, esto es, el transporte, la prioridad de ingreso, la capacitación y la accesibilidad a la urna, entre otras.
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