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LOS COLECTIVOS SE PONEN EN MARCHA

Foto de archivo: GEF Informa.

Transporte Público

LOS COLECTIVOS SE PONEN EN MARCHA

Luego de la audiencia llevada a cabo en el Ministerio de Trabajo de la Provincia, trabajadores y empresarios del transporte interurbano llegaron a un acuerdo y a partir del martes 15 de diciembre volverá a circular este servicio, que lleva más de 8 meses parado, pero con un 25 al 30% de los servicios que había previo a la pandemia.

Según informaron desde AOITA (Asociación Obrera de la Industria del Transporte Automotor), los puntos relevantes del convenio celebrado con las cámaras empresariales, para la cancelación de la deuda salarial, el regreso del sistema de transporte y la conservación de las fuentes de trabajo, fueron los siguientes:

1.- Los salarios correspondientes a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020, serán abonados como asignación “no remunerativa”, y serán equivalentes al 75% del salario neto del mes de marzo 2020.

2.- Lunes 14 de diciembre, se depositará a todos los trabajadores (exceptuando las empresas que hayan completado noviembre y los urbanos del interior), la suma de quince mil pesos ($ 15.000) a cuenta, en los términos del artículo 260 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

Viernes 18 de diciembre, absolutamente todas las empresas depositarán y cancelarán la totalidad de los haberes adeudados, noviembre inclusive.

3.- El Sueldo Anual Complementario (SAC) correspondiente al segundo semestre del año 2020, será abonado como una asignación “no remunerativa”, equivalente al 50% del salario neto correspondiente a la mejor remuneración mensual, percibida durante el primer semestre del año 2020.

El importe del SAC será abonado a los trabajadores en 2 cuotas, pagaderas de la siguiente forma: 1) El 22 de diciembre $16.000 para todas las categorías; 2) El saldo, se abonará junto al pago de los haberes de enero 2021.

4.- Los trabajadores que “presten servicios” en forma efectiva, ya sea en forma total o parcial, conforme los diagramas de francos y servicios convencionales, percibirán el cien por ciento (100%) de las remuneraciones.

5.- Los trabajadores que se encuentren dispensados de la obligación de asistencia a prestar servicios conforme DNU 297/2020 y resolución 202/2020 MTYESS percibirán el 100% de sus salarios y no estarán comprendidos en el presente acuerdo.

6.- Mantenimiento de las fuentes de trabajo: hasta el día 31 de marzo de 2021, las empresas se comprometen a mantener los puestos de trabajo de los trabajadores comprendidos en el CCT 241/75, en los términos de los D.N.U. 329 y 487/2020. El mantenimiento de las fuentes de trabajo ha sido la principal razón tenida en cuenta por la representación de AOITA, para realizar las concesiones que se expresan en este acuerdo.

GEF "EL MEDIO PARA SU MEDIO" SERVICIOS DE CORRESPONSALÍAS PERIODÍSTICAS · Ciudad de Córdoba

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