Gremiales
VAN POR LA INCONSTITUCIONALIDAD
La Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC), informó que junto con los gremios aportantes a la Caja de Jubilaciones presentaron la acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Reforma Previsional 10.694. Ahora el gremio docente espera que el Tribunal Superior de Justicia frene de manera inmediata la aplicación de esta ley.
“En nuestro caso la ley resulta inconstitucional porque no contempla en su normativa el respeto por el denominado Fallo Bossio, que establece que no se puede percibir menos del 82 por ciento que efectivamente se ha cobrado”, afirmó el secretario general de los docentes cordobeses, Juan Monserrat en relación a la modificación sobre el cálculo del haber jubilatorio.
En la presentación se solicita que se declare la inconstitucionalidad de tres artículos de la Ley 10.694 a saber: 1) el artículo 29 que sustituye el art. 46 de la Ley N° 8024 que establece el modo del cálculo del haber inicial; 2) el artículo 32 que sustituye el artículo 51 de la Ley N° 8024 que establece la «Movilidad de las prestaciones” y 3) el artículo 35 que sustituye el artículo 58 de la Ley N° 8024 en cuanto al «Régimen de compatibilidades”.
Además de esta presentación conjunta, la UEPC está reclamando al Anses que clarifique sus aportes a la Caja de Jubilaciones de Córdoba para que en nuestra provincia se abonen las jubilaciones con el piso del Régimen Nacional Docente a través de la Ley de Reparación Previsional Nacional. “Le estamos pidiendo al Anses que efectivamente determine si está pagando el régimen especial docente cuando remite los fondos a la Caja de Jubilación de Córdoba, ya que la Caja está pagando un régimen que no se corresponde con el financiamiento nacional”, expresó Monserrat.
Cabe recordar, en este sentido, que en la presentación escrita realizada el jueves ante el Gobernador Juan Schiaretti se ha plantea a este respecto que la Caja de Jubilaciones de Córdoba “está recibiendo fondos de la ANSES superiores a lo que les paga a los jubilados docentes provinciales, ya que el cálculo nacional resulta más beneficioso que el provincial.
“Como la provincia no paga de acuerdo a los términos de la Ley nacional (pero recibe los fondos para hacerlo), suponemos con debido fundamento, que la Provincia está recibiendo fondos suficientes para pagar beneficios iguales a los regulados por la Ley 24.016, y no lo está haciendo.
Por ello, entendemos que los mayores ingresos que recibe la Caja provincial por el Régimen Docente Nacional están siendo utilizados para el pago de un déficit jubilatorio que el sector docente no tiene”, expresa el comunicado de UEPC.