Gremiales
LOS APORTANTES SE ENTUSIASMAN
El Frente de Gremios Estatales Aportantes a la Caja de Jubilaciones consideró de especial relevancia el reciente pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba que, al analizar un caso individual de un jubilado, dispuso morigerar la alícuota adicional prevista para activos y activas en la Ley 11087, reduciéndola del 8% al 6%.
Desde el espacio que reúne al conjunto de gremios aportantes a la caja señalaron que, más allá de los alcances concretos de la resolución cautelar —limitada formalmente al caso analizado un caso individual de un jubilado (Auto N° 50 de la Sala Electoral y de Competencia Originaria del TSJ, del 29 de mayo de 2026)—, el fallo constituye una señal clara hacia el Poder Ejecutivo Provincial respecto de la necesidad de revisar los efectos de la denominada “Ley de Equidad Previsional”.
En ese sentido, recordaron que desde la sanción de la norma vienen sosteniendo que el incremento de los aportes previsionales implicó una reducción salarial encubierta para las y los trabajadores activos, con impacto directo sobre la base de cálculo de los futuros haberes jubilatorios.
Para el Frente gremial, el pronunciamiento judicial representa un reconocimiento parcial de los planteos que han venido realizando de manera sostenida en los ámbitos gremial, político y judicial.
Asimismo, destacaron que este escenario es resultado de una estrategia integral que combinó movilizaciones, acciones de protesta, medidas gremiales, presencia permanente en la agenda pública y el trabajo jurídico impulsado junto a equipos especializados en derecho previsional.
Indicaron además que, si bien en instancias anteriores la Justicia rechazó la legitimación activa de las organizaciones sindicales para promover acciones colectivas en representación de sus afiliados y afiliadas, el nuevo fallo reconoce uno de los cuestionamientos centrales formulados desde el inicio: que el aumento de aportes previsionales impuesto a las y los trabajadores activos genera una afectación salarial con consecuencias sobre los futuros beneficios jubilatorios.
Entre los fundamentos de la resolución, remarcaron que el Tribunal Superior de Justicia consideró como un elemento relevante el nuevo contexto financiero generado a partir del acuerdo alcanzado entre la Provincia de Córdoba y la ANSES, mediante el cual el organismo nacional transferirá recursos al sistema previsional provincial hasta abril de 2027.
Según señalaron, el propio Tribunal entendió que esta circunstancia modifica sustancialmente las condiciones que dieron origen a la Ley 11087 y justifica la reducción de la alícuota extraordinaria aplicada a los aportantes.
Desde el Frente también resaltaron que el fallo avanza un paso más al señalar expresamente que las autoridades competentes deberán disminuir progresivamente los aportes establecidos por la legislación cuestionada, marcando una orientación concreta respecto del futuro de la norma.
A juicio de las organizaciones sindicales, se trata de un avance significativo porque, aunque la resolución no declara la inconstitucionalidad de la ley, reconoce la necesidad de reducir el peso del ajuste impuesto sobre trabajadores activos y pasivos.
En ese marco, sostuvieron que existen alternativas diferentes al ajuste para abordar la situación financiera de la Caja de Jubilaciones y consideraron que el nuevo escenario habilita incluso la revisión integral de las escalas establecidas por la Ley 11087.
El Frente de Gremios Estatales Aportantes reafirmó además su reclamo al Gobierno Nacional para que cumpla plenamente con las obligaciones de financiamiento previsional y garantice la remisión de los fondos correspondientes a la Provincia de Córdoba. Del mismo modo, exigió al Poder Ejecutivo Provincial avanzar en la devolución integral de los aportes extraordinarios aplicados a trabajadores activos y jubilados.
Finalmente, las organizaciones remarcaron que una parte importante de los problemas financieros de la Caja tiene origen en procesos de precarización laboral que afectan la recaudación previsional mediante mecanismos salariales no remunerativos y modalidades de contratación que reducen los aportes al sistema.
“Este fallo constituye un paso importante. No resuelve definitivamente el problema, pero confirma que la Ley 11087 generó efectos que venimos denunciando desde hace años”, expresaron desde el Frente, al tiempo que ratificaron la continuidad de las acciones gremiales, políticas y judiciales para impulsar una solución previsional que no implique un perjuicio para trabajadores y jubilados.





















