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LE PERDONARON LA CONDENA

Foto: Prensa TSJ.

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LE PERDONARON LA CONDENA

El Juzgado en lo Penal Juvenil de la ciudad de San Francisco resolvió no imponerle pena a dos adolescentes que fueron declarados responsables del delito de homicidio agravado en ocasión de espectáculo deportivo. El tribunal adoptó esta decisión luego del pedido de absolución de pena formulado por la fiscalía interviniente. También tomó en consideración que, durante la audiencia, la madre de la víctima perdonó a los jóvenes que participaron en la pelea que derivó en el fallecimiento de su hijo.

Cristian Robledo falleció como consecuencia de las lesiones sufridas durante una pelea ocurrida durante un partido de fútbol amateur. En la riña, participaron cinco sujetos entre los cuales se encontraban los adolescentes A. D. P. y B. C. P. Los otros tres agresores, que eran mayores de edad en el momento de hecho, fueron condenados a 12 años de prisión por la Cámara en lo Criminal y Correccional de San Francisco.

En la sentencia, el juez Andrés Peretti destacó que, durante la audiencia de imposición de pena, los adolescentes pidieron disculpas a la madre de la víctima y expresaron que nunca quisieron matar a nadie. A su turno, la mujer aclaró que su pérdida era “irreparable”; sin embargo, perdonó públicamente a los agresores y los instó a que reencausen sus vidas, piensen en sus familias, sean buenas personas y respeten los derechos de los demás.

Después de mencionar que este tipo de situaciones no son habituales en los procesos penales, el magistrado aseguró que “la valentía y honorabilidad de Rosa Gallego conmovió a todos los presentes en la audiencia, en tanto implicó una muestra de humanidad y superación”.

“En tiempos como los actuales, donde la violencia, la ira, la rabia, la cólera y el descreimiento generalizado de todas las instituciones –en especial, del Poder Judicial− dominan la escena pública y privada, el proceso interno que transitó Rosa Gallego −y que concluyó con el perdón a los asesinos de su hijo− es una inspiración para la sociedad toda, pero en concreto, para quienes nos desempeñamos en un fuero Penal Juvenil”, enfatizó el magistrado.

Recuperación

La sentencia remarca que el régimen penal adolescente “se dirige a la recuperación de quien ha sido declarado penalmente responsable por delitos cometidos en la adolescencia, con el objetivo que pueda desempeñar un papel constructivo en la sociedad”. Y agrega que “sólo excepcionalmente, cuando las medidas socio-pedagógicas dispuestas han resultado insuficientes para alcanzar la finalidad legal, se admite la imposición de una pena, es decir, el tratamiento penitenciario como instrumento de reinserción social”.

En este caso, el tribunal evaluó que el tratamiento tutelar cumplido por los jóvenes A. D. P y B. C. P. en el Complejo Esperanza fue aprovechado para adquirir y consolidar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros y, en consecuencia, “es suficiente para neutralizar la pretensión punitiva”.

Sin perjuicio de la eximición de pena, el juez Peretti efectuó en la sentencia una serie de recomendaciones para que A. D. P. y B. C. P. puedan recuperarse y reinsertarse definitivamente en la sociedad de manera constructiva. En este sentido, los instó a seguir de ciertas reglas de conducta: no cometer nuevos delitos; no tener o manipular armas; no consumir drogas ni emborracharse; continuar tratamiento psicológico para fortalecer la empatía con los demás, su autoestima, el control de los impulsos y la tolerancia a la frustración; seguir trabajando; entre otras.

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