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NO SÓLO EL APELLIDO

Foto: Prensa Tribunal Superior de Justicia.

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NO SÓLO EL APELLIDO

Un Joven mayor de edad fue declarado hijo adoptivo del matrimonio con el que había vivido desde niño. El juez Gabriel Tavip también ordenó el cambio de su apellido originario por el de sus padres adoptivos.

En la sentencia, el magistrado explicó que la adopción tiene como finalidad principal la protección de niños, niñas y adolescentes que no pueden desarrollarse en su familia de origen. Sin perjuicio de ello, señaló que también puede establecerse la adopción de una persona mayor de edad, siempre que se demuestre que durante su niñez y/o adolescencia convivió en esa familia y ocupó la posición de hijo, protegido por quienes se pretende sean sus progenitores adoptivos.

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