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PARA AGRELO SIGUE LA PUERTA GIRATORIA

Foto: Prensa Rodrigo Agrelo.

Legislatura

PARA AGRELO SIGUE LA PUERTA GIRATORIA

El legislador provincial por Encuentro Vecinal Córdoba, Rodrigo Agrelo, sostuvo que «anoche el oficialismo impidió la sanción del proyecto que instruía a los Senadores Nacionales por Córdoba para que gestionen ante la Corte Suprema de la Nación la resolución del caso Loyola sobre narcomenudeo».

«Toda la oposición más un voto oficialista apoyaron su tratamiento sobre tablas pero luego el peronismo cordobés se negó a dar el 2/3 de los votos necesarios para dar luz verde a la iniciativa», dijo Agrelo.

Según el legislador, «Con esta actitud demostraron que no les molesta que exista en Córdoba una puerta giratoria para el narcomenudeo».

Algo que sí preocupa al Fiscal General de la Provincia, al Procurador General de la Corte, a fiscales ordinarios, jueces y camaristas cordobeses que son los verdaderos promotores de esta iniciativa».

«En nuestra provincia el vendedor de drogas minorista que es detenido, aún condenado sin antecedentes previos, queda libre», se quejó Agrelo, quien más adelante subrayó: «La ley nacional de estupefacientes 23.737 prevé originalmente una pena mínima de 4 años. Es decir que todo condenado por venta minorista de drogas debe cumplir su pena en la cárcel (un mínimo de 32 meses de prisión efectiva). Pero hace 8 años el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba dispuso en un fallo que la pena mínima debía ser de 3 años. Se llama el Caso Loyola».

¿Esto qué significa?

«Que el narcomenudeo se convierte en un delito excarcelable. Es decir que un detenido por venta (tenencia o acopio de drogas para venta al por menor) que no tiene antecedentes, aunque sea condenado, puede cumplir su condena sin ir a la cárcel, en libertad.

El máximo tribunal judicial de Córdoba consideró que, en el narcomenudeo, el bien jurídico afectado es la salud por el art. 201 del Código Penal.

El TSJ, implícitamente, trata al vendedor de estupefacientes de igual modo que a una persona que vende mercaderías peligrosas para la salud.

El Fiscal General de Córdoba se opuso a esta decisión del TSJ y presentó un Recurso Extraordinario Federal ante la Corte Suprema de Justicia.

El Procurador General de la Nación, avaló su postura con un dictamen favorable, solicitando a la Corte Suprema que revierta este criterio del Tribunal Superior cordobés.

Desde entonces, hace ya 4 años y medio, la Corte Suprema no ha tratado el tema.

Por eso, ante la emergencia que vive el país y la imperiosa necesidad de frenar el avance del narcotráfico, es urgente que la Corte resuelva la controversia y diga si el mínimo de la pena aplicable es de 4 años o de 3 años.
Eso define si hay puerta giratoria o no.

Es decir, que toda persona que venda, guarde o transporte droga, pueda ser detenida y permanezca en la cárcel. Es una herramienta fundamental para que los policías, los fiscales y también los jueces puedan detener el avance narco y evitar que los carteles más peligrosos migren a nuestra provincia.

En la última sesión toda la oposición más un legislador oficialista apoyaron esta iniciativa pero el peronismo finalmente votó en contra de una herramienta que verdaderamente ayudaría a convertir a Córdoba en territorio hostil para el narcotráfico», manifestó Agrelo.

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