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Foto: GEF Informa.

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POLICÍA CONDENADO

Por unanimidad, la Cámara en lo Criminal y Correccional de 11° Nominación de la ciudad de Córdoba, presidida por el camarista Horacio Augusto Carranza, condenó al policía Mariano Andrés Martínez a la pena de cuatro años de prisión por el delito de lesiones gravísimas, con dolo eventual, agravadas por el uso de arma de fuego y por abuso funcional. Asimismo, le impuso una inhabilitación especial por idéntico término. El acusado mantendrá su estado de libertad hasta que la sentencia sea convalidada.
Por mayoría, las vocales Susana Frascaroli, Gabriela Rojas Moresi, junto con cinco jurados populares, establecieron que la víctima, Damián Alejandro Pérez, estaba desarmado cuando recibió el proyectil que lo dejó paraplégico.
En la parte resolutiva de la sentencia, el tribunal reconoció que Pérez fue “víctima de actos de violencia institucional” y declaró la falsedad ideológica del acta de inspección ocular y secuestro labrada por el comisario Rodolfo Ayala, alusiva al secuestro en el lugar del hecho de un arma de fuego, tipo revólver, calibre 38, cargado con dos proyectiles.
Demanda civil
Por otro lado, la Cámara en lo Criminal y Correccional de 11° Nominación hizo lugar parcialmente a la demanda civil entablada por el damnificado y, luego, continuada por sus padres contra el policía Martínez y Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, con relación a los rubros pérdida de chance y daño moral.
En consecuencia, se dispuso condenar a los demandados civiles a abonar a la parte actora 30.000.000 de pesos en concepto de daño moral y 301.276,49 pesos por pérdida de chance, más intereses.
El hecho juzgado por el tribunal había ocurrido el 12 de julio del año 2014, durante una persecución policial desencadenada luego que Pérez huyera de un control policial. Ocho años después del episodio, se produjo el deceso del damnificado.
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